EL contrato de alquiler en Bolivia
Concepto.
El contrato de arrendamiento también conocido como contrato de alquiler en Bolivia, consiste en que una persona llamada arrendador, se obliga a ceder el derecho de uso y goce temporal de un determinado bien mueble o inmueble a otra persona llamada arrendatario, comprometiéndose la misma a pagar un canon de arrendamiento por el derecho cedido. En este sentido, cabe especificar que por canon de arrendamiento se entiende al precio establecido en el contrato, mismo que será cancelado periódicamente por el arrendatario.
Características del contrato de alquiler en Bolivia.
El contrato de alquiler en Bolivia tiene cuatro características principales a saber:
- Consensualidad;
- Bilateral o conmutativo;
- Oneroso; y
- Temporal.
A continuación pasaremos a explicar cada una de estas características.
Consensualidad.- El contrato de alquiler en Bolivia, llegar a ser un contrato consensual ya que la legislación boliviana permite a las partes establecer ciertos elementos del contrato de acuerdo a su voluntad. En este sentido, ambos podrían fijar el destino de arrendamiento del bien, la posibilidad de subarriendo o cesión de contrato por parte del arrendatario, establecer ciertas prohibiciones o limitaciones en relación al uso y goce del bien, el tiempo de duración del contrato, la forma y periodo de pago, el derecho de adquisición preferente del bien, entre otros.
Bilateral o conmutativo.- El contrato de alquiler en Bolivia, llegaría a ser de cumplimiento recíproco, ya que cada una de las partes se compromete al cumplimiento de una obligación. En este sentido, una de las partes se comprometería a ceder el derecho de uso de un bien y la otra a pagar un precio por la cesión de este derecho.
Oneroso.- En relación a la onerosidad, el contrato de alquiler en Bolivia y en la mayor parte del mundo, es un contrato que genera un intercambio de intereses patrimoniales que tienen un valor económico. En este sentido, el contrato de arrendamiento, llegaría a ser un contrato oneroso, ya que por la cesión del derecho de uso de determinado bien, el arrendador recibiría el pago de un precio determinado que le generaría ingresos económicos. Asimismo, para entender de una mejor el concepto de onerosidad, cabe señalar que la doctrina define a un contrato oneroso como “cuando tiene por objeto la utilidad de ambos contratantes, gravándose cada uno a beneficio del otro”
Temporal.- Una de las características esenciales de este tipo de contrato es su temporalidad, ya que el derecho de uso y goce de un bien, sólo podría ser establecido por determinado tiempo. En este sentido el Artículo 688 del Código Civil boliviano, establece que el tiempo de duración máximo del contrato de arrendamiento en Bolivia, sería de diez años y en caso de que las partes no establezcan el tiempo de duración, la legislación boliviana establece en su Artículo 687 que para el caso de locales comerciales, industriales o para el ejercicio de una profesión y mansiones se entendería que la duración del contrato sería por un año.
Obligaciones en el contrato de alquiler en Bolivia.
Al ser un contrato de cumplimiento recíproco, a momento de la celebración del contrato, ambas partes llegarían a comprometerse al cumplimiento de las siguientes obligaciones:
Obligaciones del arrendador.
- Entregar al arrendatario el bien arrendado en las condiciones establecidas;
- Garantizar al arrendatario el derecho de uso y goce pacífico del bien, evitando que existan elementos que disminuyan y/o limiten la idoneidad de este derecho y;
- En caso de existir una garantía por el arrendamiento, el arrendador deberá entregar la misma a momento de la finalización del contrato.
Obligaciones del arrendatario.
- Utilizar el bien arrendado en los términos establecidos y en caso de no estar establecido en el contrato, deberá utilizar el bien conforme a su naturaleza;
- Conservar y cuidar el bien de manera responsable como un buen padre de familia, siendo el mismo responsable de su deterioro;
- Cancelar el canon de arrendamiento de manera puntual y;
- Restituir el bien arrendado a momento de finalización del contrato en las condiciones en las que fue entregado.